La medida adoptada por un juzgado Federal de Mendoza rige para todo el país. Frenó la vigencia de los artículos del DNU 70/23 referidos a la dispensa de fármacos en kioscos y otros comercios.
La Justicia Federal de Mendoza dispuso, por un lado, suspender los artículos que habilitaban el expendio de fármacos sin recetas, también llamados de venta libre, fuera de las farmacias por lo que ahora deberán “ser dispensados exclusivamente en farmacias”, dijo el directivo, a la vez que destacó la importancia de la medida por considerar que “no debe haber venta en otro ámbito en el que no haya un responsable farmacéutico detrás”.
Por otra parte, la Justicia Federal mendocina falló en el mismo sentido que lo había hecho en abril pasado la Sala V de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo cuando suspendió tres artículos del DNU 70/2023 que formaba parte de la desregulación sobre el ejercicio de la actividad de los farmacéuticos en todo el país.
Esa Cámara había hecho lugar a la medida cautelar presentada por el Sindicato Argentino de Farmacéuticos y Bioquímicos (SAFYB) y dejó sin efecto los artículos 319, 320 y 321 del DNU 70/2023 por considerar que modificaban aspectos sustanciales de la actividad farmacéutica, como la necesidad de contar con un profesional farmacéutico disponible durante todo el horario de atención al público en las farmacias.
La revocatoria mantuvo la normativa previa al DNU, que exige la presencia continua de un farmacéutico y ratificó que un profesional solo puede estar a cargo de un establecimiento, conforme a los convenios colectivos de trabajo 691/14, 707/15, 794/22 y 795/22. La Justicia mendocina ahora se pronunció en el mismo sentido.
Valestra precisó que el Colegio que representa presentó su recurso en lo referido “específicamente al ejercicio profesional del farmacéutico porque no concebimos farmacia sin farmacéuticos y mientras una farmacia esté abierta y dispensando tiene que haber un farmacéutico responsable de la misma”.
El directivo manifestó su satisfacción por la medida judicial en línea con el pedido del Colegio de Farmacéuticos de Mendoza, pero aclaró que la provincia “tiene su propia ley” que regula la profesión y no iba a estar alcanzada por las modificatorias a la ley de Farmacias 17565.
