Los fundamentos de la condena por el beso entre dos mujeres
La jueza Marta Yungano dio a conocer los fundamentos del fallo por el que condenó el 28 de junio pasado, el día del Orgullo Gay, a un año de prisión en suspenso a Mariana Gómez, la joven detenida por besar a su esposa en el domo vidriado de la estación de subte de Plaza Constitución en 2017. La titular del Tribunal Oral Criminal N°26 eligió la vía administrativa, sin lectura presencial, para notificar al abogado defensor los argumentos de la sentencia. Con este trámite judicial, la magistrada cuestionada por la militancia Lgbti, evitó a las jóvenes que se manifestaron en apoyo a Gómez con pancartas y banderas, como lo hicieron durante el juicio.
El defensor de la joven, Lisandro Teszkiewicz, dijo a PáginaI12 que, en una primera lectura, “hay una selección sesgada de la prueba. Divide los hechos de una manera que entendemos arbitrarias y centra la lupa en las acciones que realiza Mariana para defenderse de una agresión sin mirar que todo comienza con una agresión abusiva policial, discriminadora y lesbofóbica”.
“El poder judicial demuestra su estructura machista y discriminadora. Mariana sufrió discriminación por mujer, por lesbiana y por pobre. Si era hombre heterosexual y rico no le pasaba”, dijo el abogado, que, como muestra final, remarcó que “la carátula de la causa dice ‘imputado: Mariana Gómez’”.