Incumplen fallo que obliga a la paridad de género
Por la demanda de una agente, el Servicio Penitenciario y el Ministerio de Derechos Humanos debían adecuar normas para erradicar la discriminación contra las mujeres. Ninguna mujer llegó al cargo de director, subdirector ni subprefecto mayor.
El techo de cristal, entendido como la limitación velada en la posibilidad del ascenso laboral de las mujeres, fue tenido en cuenta en un fallo judicial en contra de una de las fuerzas de seguridad de la provincia. Mónica Naranjo, a cargo del Juzgado de Violencia Familiar y de Género de 2ª Nominación, le requirió al Ministerio de Gobierno, Derechos Humanos y Justicia y al Servicio Penitenciario que modificaran sus sistemas de promoción por considerarlos discriminatorios en detrimento del género femenino. Vencidos los plazos judiciales, ninguno de los dos organismos realizaron las modificaciones solicitadas.
El fallo ignorado por los organismos estatales fue el resultado de la demanda por violencia de género que presentó Mabel Yone Farfán. La mujer es agente del Servicio Penitenciario y atraviesa los últimos años de su carrera en la fuerza. Logró llegar a ser directora de la cárcel de mujeres pero ahora se encuentra “en disponibilidad”, luego de que interpusiera diferentes instrumentos administrativos y legales para reclamar por su ascenso.
Yone advierte que es común que a las mujeres les cueste acceder a altos cargos dentro de la fuerza. Cuando tuvo la posibilidad de llegar a subprefecto, y atenta a que un mayor grado le permitiría terminar su carrera con un nivel superior, decidió ponerle freno a aquella “práctica naturalizada”.
La Junta Superior la evalúo con “sobresaliente” y obtuvo un resultado de 96 sobre 100. Sin embargo, el grado no le fue otorgado por el director del Servicio Penitenciario, Juan Alberto Daza.
Las juntas conforman una orden de mérito teniendo en cuenta antecedentes de los agentes, cursos, grado, desempeño y aspectos de la vida íntima y personal. El resultado es elevado al director del Servicio Penitenciario, quien decide los ascensos, y deriva la propuesta al Ministerio de Gobierno, Justicia y Derechos Humanos, que debe ratificar la decisión.
“Los ascensos son nombrados por el director general discrecionalmente, el orden de mérito no es vinculante. El problema es que las juntas calificadoras están conformadas y presididas por varones. Repliegan a las mujeres por los ascensos. La Junta Superior evalúa los altos grados, como el de subprefecto al que quiso acceder Yone. Están conformados por el director general, el subdirector general y un subprefecto mayor. En la historia del Servicio Penitenciario, ninguna mujer llegó al cargo de director, subdirector ni subprefecto mayor; por ende, no hay posibilidad de que ninguna mujer integre la junta que evalúa los cargos más altos, de oficiales superiores”, afirmó el abogado de la agente, Ramiro Ulivarri.