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El Gobierno oficializó puntos clave de la reforma laboral

A través del Decreto 407/2026 se indicaron precisiones sobre los recibos de sueldo y las licencias médicas, entre otros puntos.
Este lunes 1 de junio, el Gobierno oficializó puntos centrales de la reforma laboral que fue aprobada en marzo de este año a partir de la Ley de Modernización Laboral. En esta ocasión, se brindaron precisiones sobre la registración del empleo, recibos de sueldo, licencias médicas, acuerdos de desvinculación y el inicio de trámites jubilatorios.

A través del Decreto 407/2026, publicado en el Boletín Oficial, el Ejecutivo comunicó la norma y brindó detalles sobre el alcance y la aplicación de distintos artículos de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT). La normativa se publicó bajo la firma del presidente Javier Milei; el jefe de Gabinete, Manuel Adorni; el ministro de Desregulación y Transformación del Estado, Federico Sturzenegger y el ministro de Economía, Luis Caputo.

En lo que respecta a la registración del empleo, se incluyó uno de los puntos principales correspondiente al artículo 52 de la LCT donde se indicó que el registro «se cumplirá mediante el alta y baja de los trabajadores en los sistemas habilitados por la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA)» y que «no será exigible a los empleadores llevar libros laborales en soporte físico ni digital».

En cuanto al artículo 140 de la LCT, correspondiente a los recibos de sueldo, se indicó que obligatoriamente deberán «estructurarse en cuatro secciones claramente diferenciadas» brindando también un «resumen de la composición total del costo laboral» que indique detalle de cargas y aportes.

A partir de este punto también se agregó que toda prescripción médica «deberá ser emitida electrónicamente mediante sistema de información o plataforma digital«, con excepciones solo en casos de falta de conectividad, según lo estableció el artículo 210 sobre licencias por enfermedad.