Corrientes: aprobaron la ley de reiterancia
La modificación permitirá evaluar mejor el peligro de fuga y evitar la liberación rápida de quienes repiten conductas delictivas, completó el trámite parlamentario, pasando al Ejecutivo para su reglamentación e implementación.
La Cámara de Diputados de Corrientes aprobó, este miércoles, la modificación parcial del Código Procesal Penal (Ley 6518), que busca mejorar la evaluación del peligro de fuga y evitar la rápida liberación de delincuentes reincidentes. La ley, ahora numerada como 6690, fue girada al Poder Ejecutivo para su reglamentación e implementación.
La reforma, que modifica los artículos 224 y 229 del Código, fue promovida por el Poder Ejecutivo con el objetivo de proporcionar al Poder Judicial, en particular a los fiscales, una herramienta adicional para manejar de manera más efectiva los casos de delincuencia repetitiva.
Según los fundamentos de la ley, “la insistencia en la comisión de hechos punibles aumenta sensiblemente la inseguridad de la comunidad y la insatisfacción social”, lo que subraya la necesidad de esta medida.
Durante la sesión, la diputada Lucía Centurión, presidenta de la comisión de Asuntos Constitucionales, destacó que esta modificación responde a una demanda social y proporciona a los operadores de justicia una herramienta adicional sin afectar el principio de presunción de inocencia.
La diputada Albana Rotela también subrayó la importancia de la ley como una medida de seguridad, al afirmar que fortalecerá la confianza de las víctimas en el sistema judicial.
Rotela añadió que la nueva normativa beneficiará tanto a las víctimas como a los acusados, ya que la prisión preventiva podría acelerar el proceso judicial, resultando en condenas más expeditas.
Por su parte, la oposición, representada por la diputada Marlen Gaúna, criticó la medida como un “parche” a una realidad social que requiere atención en temas más amplios, como el empleo.
El diputado Norberto Ast, de la UCR, recordó que la ley es el resultado de la colaboración entre los tres poderes del Estado, destacando la labor del Senado en su desarrollo.
En términos técnicos, el proyecto original constaba de cuatro artículos, pero fue reducido a dos tras ser revisado con aportes de funcionarios judiciales. Uno de los cambios más significativos es el artículo 229, que ahora establece un plazo de 72 horas para que los jueces resuelvan la situación de los detenidos.