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El Gobierno actualizó el régimen de inversiones mineras

Javier Milei flexibilizó el régimen de promoción minera para incentivar inversiones. Cambios importaciones, devolución del IVA en exploración y requisitos para inscribirse.

El gobierno de Javier Milei avanzó con una nueva reforma del régimen de promoción de la actividad minera al aprobar una actualización integral de la reglamentación de la Ley de Inversiones Mineras N° 24.196, una iniciativa que apunta a reducir trámites, agilizar procedimientos y adaptar la normativa a las condiciones actuales del sector y así facilitar las inversiones.

Así quedó plasmado en el Decreto 482/2026 publicado este martes en el Boletín Oficial, que reemplazó parte de la reglamentación vigente desde 1993. Según explicó el Poder Ejecutivo, la actualización busca adecuar las reglas a los cambios productivos, tecnológicos y administrativos registrados en las últimas tres décadas.

La decisión se suma a las modificaciones impulsadas por el Gobierno en el último año para promover inversiones en minería, en un contexto marcado por el impulso al Régimen de Incentivo para Grandes Inversiones (RIGI) y por las reformas introducidas en 2025 a la legislación minera.

En los fundamentos de la norma, el Ejecutivo sostuvo que el objetivo es «fortalecer la competitividad del sector, reducir cargas burocráticas y otorgar mayor seguridad jurídica» a los proyectos que operan en el país.

Uno de los cambios centrales redefine quiénes pueden acceder a los beneficios previstos por la ley y establece nuevas exigencias para los prestadores de servicios vinculados a la actividad minera.

La reglamentación fija requisitos específicos para acreditar la actividad desarrollada y exige que una porción mínima de la facturación provenga efectivamente de servicios prestados al sector. Además, los nuevos proyectos deberán acreditar la titularidad de los derechos mineros y presentar información básica sobre el emprendimiento.

La norma también incorpora un esquema de intimación, suspensión y eventual exclusión del registro para quienes incumplan las obligaciones previstas, con posibles consecuencias sobre los beneficios obtenidos para importar bienes destinados a la actividad.

Como parte de la digitalización de los procedimientos, todos los inscriptos deberán constituir un domicilio legal electrónico, que será válido para la recepción de notificaciones oficiales.

El decreto amplía el concepto de integración regional dentro de la actividad minera. A partir de ahora, el límite geográfico se extiende hasta los 500 kilómetros entre yacimientos e instalaciones de procesamiento.

Según el Gobierno, la modificación permitirá desarrollar cadenas productivas más amplias, facilitar la articulación entre distintos proyectos y mejorar la competitividad de las explotaciones mineras.